¿Cómo se hace para llevar adelante un patrocinio y su deducción tributaria correspondiente?
Podrán gozar de los beneficios fiscales las Empresas contribiyentes al Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) y contribuyentes del Impuesto al Patrimonio (IPAT) que efectúen donaciones en efectivo para proyectos declarados de fomento artÃstico cultural.
Los contribuyentes efectuarán el depósito en las cuentas especialmente habilitadas a tales efectos: CONAEF/Fondo Global o CONAEF/Fondos Sectoriales, en el Banco de la República. (ver ArtÃculo 239 Ley 17.930 y art. 78 de la ley 18.083)
El Consejo Nacional de Evaluación y Fomento de Proyectos ArtÃstico Culturales (CONAEF) entregará al donante un comprobante con el porcentaje del beneficio fiscal al que accede, contra la presentación de la boleta de depósito en el BROU en que deberá constar el monto donado y el destino de la donación.
Los donantes canjearán tales documentos por certificados de crédito en la Dirección General Impositiva. La boleta de depósito será el comprobante requerido para la deducción ,como gasto, de la donación efectuada.
Cuenta destinada a Proyectos EspecÃficos Las donaciones deberán identificar necesariamente el proyecto para el que se efectúa la donación. Si no hubiera expresa manifestación en contrario del donante, se entenderá que las donaciones efectuadas con destino a proyectos especÃficos, contendrán la facultad implÃcita para que el Consejo Nacional de Evaluación y Fomento de Proyectos ArtÃstico Culturales, transfiera un 15% del monto donado, al Fondo Global
Si las donaciones a favor de un proyecto especÃfico superan la financiación prevista en el mismo, el excedente será transferido a la cuenta destinada al Fondo Global.
Se autoriza al Consejo a instrumentar, con conformidad de la DGI, mecanismos alternativos tendientes a simplificar el trámite de emisión de los certificados de crédito mencionados.
PROCEDIMIENTO PARA INVERSORES
1) ELECCIÓN DE MODALIDAD Optar entre las siguientes modalidades de aporte:
Fondo Global, Fondos Sectoriales o Proyectos EspecÃficos.
Tanto el Fondo Global como los Fondos Sectoriales pueden recibir aportes desde la fecha inicial de lanzamiento de este mecanismo: 12 de marzo de 2009. Los Fondos EspecÃficos deben esperar a los resultados del Concurso y a la publicación del Registro de Proyectos: 23 de junio de 2009.
2) BASES Y FORMULARIOS Descargar de la web www.fondosdeincentivocultural.gub.uy y completar el formulario donde constará el monto y el destino del aporte.
3) DEPÓSITO BROU Efectuar el depósito, junto con el formulario, en las cuentas habilitadas en el Banco de la República Oriental del Uruguay. Los depósitos pueden realizarse en las sucursales del BROU en todo el territorio nacional a la cuenta:
CONAEF - Fondo Global / Nº de Cuenta 152-5258-1
CONAEF - Fondos Sectoriales / Nº de Cuenta 152-5269-6
Para Proyectos EspecÃficos CONAEF - Fondos EspecÃficos / N° de Cuenta 152-5328-0
(Salvo expresa manifestación en contrario el CONAEF transferirá al Fondo Global un 15 % del monto aportado)
4) CONAEF El contribuyente deberá dirigirse al Consejo Nacional de Evaluación y Fomento de Proyectos ArtÃstico Culturales (Juan Carlos Gómez 1276) quien expedirá un comprobante donde constará el monto y el destino de su aporte, asà como el porcentaje del beneficio fiscal al que accede.
En el caso de Empresarios del Interior, pueden enviar el formulario y el recibo de depósito por fax a la oficina del CONAEF en Montevideo 916 9816. Se les enviará la constancia por correo certificado.
5) DGI Canjear el comprobante por certificados de crédito en la Dirección General Impositiva en todo el territorio nacional. (La boleta de depósito será requerida para la deducción, como gasto, del aporte efectuado).
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