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Responsabilidad Social Empresaria: Responsabilidad Cultural

El desarrollo de la expresión cultural y la promoción de las industrias culturales contribuyen a mejorar la inserción económica nacional e internacional de un país, expandiendo su mercado interno y su industria turística, generando empleos de calidad y fortaleciendo el sentido de pertenencia de sus ciudadanos.

Las redes de trabajo conformadas entre las artes y los negocios aspiran a ser exitosas y creativas, con lo cual colaboran en el mejoramiento de las sociedades y en la calidad humana de sus integrantes.

Para una empresa no es suficiente abocarse a la prestación de productos o servicios. La sociedad demanda que la actividad empresarial despliegue su responsabilidad en la protección de los puestos de trabajo, calificándolos y haciendo cada vez más compatible el desarrollo profesional y personal, integrándose -desde su actividad económica- en la cultura de cada país.

Los Fondos de Incentivo Cultural, ubican a la empresa como un actor cultural activo y pro-activo. Es una forma de intervención social que permite a la empresa implicarse en la comunidad donde actúa, estableciendo una comunicación empresarial basada en un mensaje comercial, pues vincula su marca con las acciones culturales que apoya.


 
Mecanismos de Apoyo

¿Cómo se hace para llevar adelante un patrocinio y su deducción tributaria correspondiente?


Podrán gozar de los beneficios fiscales las Empresas contribiyentes al Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) y contribuyentes del Impuesto al Patrimonio (IPAT) que efectúen donaciones en efectivo para proyectos declarados de fomento artístico cultural.

Los contribuyentes efectuarán el depósito en las cuentas especialmente habilitadas a tales efectos: CONAEF/Fondo Global o CONAEF/Fondos Sectoriales, en el Banco de la República.
(ver Artículo 239 Ley 17.930 y art. 78 de la ley 18.083)

El Consejo Nacional de Evaluación y Fomento de Proyectos Artístico Culturales (CONAEF) entregará al donante un comprobante con el porcentaje del beneficio fiscal al que accede, contra la presentación de la boleta de depósito en el BROU en que deberá constar el monto donado y el destino de la donación.

Los donantes canjearán tales documentos por certificados de crédito en la Dirección General Impositiva.
La boleta de depósito será el comprobante requerido para la deducción ,como gasto, de la donación efectuada.

Cuenta destinada a Proyectos Específicos
Las donaciones deberán identificar necesariamente el proyecto para el que se efectúa la donación.
Si no hubiera expresa manifestación en contrario del donante, se entenderá que las donaciones efectuadas con destino a proyectos específicos, contendrán la facultad implícita para que el Consejo Nacional de Evaluación y Fomento de Proyectos Artístico Culturales, transfiera un 15% del monto donado, al Fondo Global

Si las donaciones a favor de un proyecto específico superan la financiación prevista en el mismo, el excedente será transferido a la cuenta destinada al Fondo Global.

Se autoriza al Consejo a instrumentar, con conformidad de la DGI, mecanismos alternativos tendientes a simplificar el trámite de emisión de los certificados de crédito mencionados.


PROCEDIMIENTO PARA INVERSORES


1) ELECCIÓN DE MODALIDAD
Optar entre las siguientes modalidades de aporte:

Fondo Global, Fondos Sectoriales o Proyectos Específicos.

Tanto el Fondo Global como los Fondos Sectoriales pueden recibir aportes desde la fecha inicial de lanzamiento de este mecanismo: 12 de marzo de 2009. Los Fondos Específicos deben esperar a los resultados del Concurso y a la publicación del Registro de Proyectos: 23 de junio de 2009.

2) BASES Y FORMULARIOS
Descargar de la web www.fondosdeincentivocultural.gub.uy y completar el formulario donde constará el monto y el destino del aporte.

3) DEPÓSITO BROU
Efectuar el depósito, junto con el formulario, en las cuentas habilitadas en el Banco de la República Oriental del Uruguay. Los depósitos pueden realizarse en las sucursales del BROU en todo el territorio nacional a la cuenta:


CONAEF - Fondo Global / Nº de Cuenta 152-5258-1

CONAEF - Fondos Sectoriales / Nº de Cuenta 152-5269-6


Para Proyectos Específicos
CONAEF - Fondos Específicos / N° de Cuenta 152-5328-0

(Salvo expresa manifestación en contrario el CONAEF transferirá al Fondo Global un 15 % del monto aportado)

4) CONAEF
El contribuyente deberá dirigirse al Consejo Nacional de Evaluación y Fomento de Proyectos Artístico Culturales (Juan Carlos Gómez 1276) quien expedirá un comprobante donde constará el monto y el destino de su aporte, así como el porcentaje del beneficio fiscal al que accede.

En el caso de Empresarios del Interior, pueden enviar el formulario y el recibo de depósito por fax a la oficina del CONAEF en Montevideo 916 9816. Se les enviará la constancia por correo certificado.

5) DGI
Canjear el comprobante por certificados de crédito en la Dirección General Impositiva en todo el territorio nacional. (La boleta de depósito será requerida para la deducción, como gasto, del aporte efectuado).

 

 
Categorías

BENEFICIOS ECONOMICOS PARA LA EMPRESA QUE APORTE


Según el destino elegido por el donante, la ley ... dispone los siguientes beneficios sobre la suma depositada:

CUENTA FONDO GLOBAL:
El 75% será devuelto en certificados de crédito
El 25% se podrá imputar a gastos (y deducir del IRAE)

CUENTA FONDO SECTORIAL:
El 60% será devuelto en certificados de crédito
El 20% se podrá imputar a gastos (y deducir del IRAE)

CUENTA PROYECTO INTERIOR:
El 45% será devuelto en certificados de crédito
El 15% se podrá imputar a gastos (y deducir del IRAE)

CUENTA PROYECTO MONTEVIDEO:
El 30% será devuelto en certificados de crédito
El 10% se podrá imputar a gastos (y deducir del IRAE)

CUENTA PROYECTO OFICIAL:
El 15% será devuelto en certificados de crédito
El 5% se podrá imputar a gastos (y deducir del IRAE)

tabla

 
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Fondos de Incentivo Cultural

Juan C. Gomez 1276
Montevideo 11100 | Uruguay                
Teléfono: 916 98 16                          Â